Resolución Nº 831/2012-STJ - 18/12/2012 - Justicia de Paz - Expedientes contravencionales prescriptos : Plazo de conservación previo a su eliminación total
Plazo de conservación: 1 año - La destrucción se realizará en la sede de cada Juzgado de Paz - Cada Juzgado deberá arbitrar los medios para dejar debido registro en el libro de Entrada de Expedientes de la destrucción. No remisión de los expedientes contravencionales al Archivo General.
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Sodero Nievas
Resolución Nº 831/2012-STJ - 18/12/2012 - Justicia de Paz - Expedientes contravencionales prescriptos : Plazo de conservación previo a su eliminación total [Resolución]. -- Viedma : Río Negro (Argentina). Superior Tribunal de Justicia, 2012
Plazo de conservación: 1 año - La destrucción se realizará en la sede de cada Juzgado de Paz - Cada Juzgado deberá arbitrar los medios para dejar debido registro en el libro de Entrada de Expedientes de la destrucción. No remisión de los expedientes contravencionales al Archivo General.
1. JUSTICIA DE PAZ NO LETRADA; 2. PRESCRIPCION; 3. CONTRAVENCIONES; 4. DESTRUCCION DEL EXPEDIENTE; 5. ART. 10 LEY 532 I. Mansilla II. Barotto, Sergio