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Resolución Nº 754/2012-STJ - 23/11/2012 - Opinión favorable del Superior Tribunal de Justicia respecto de la creación de una segunda Cámara del Trabajo en San Carlos de Bariloche : Comunicación a la Legislatura de Río Negro

[Resolución]. -- , . --

  Expte Nº SS-12-0141 "LEG.PROVINCIAL S/REMITE PROYECTO LEY 524/12 MOD. ARTS.48 Y 49 LEY 2430".

  -----VISTO: El expediente nro. SS-12-0141 caratulado: “LEG.PROVINCIAL S/REMITE PROYECTO LEY 524/12 MOD. ARTS.48 Y 49 LEY 2430”, y
C O N S I D E R A N D O :
-----Que viene en consulta a este Superior Tribunal de Justicia el proyecto remitido por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Legislatura de la Provincia de Río Negro sobre la creación de la Segunda Cámara Laboral con asiento en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
----Que luego de analizar el mismo en el seno de este cuerpo este tribunal coincide plenamente con los fundamentos expuestos por su autores para su creación y por ello manifiesta su opinión favorable en relación a dicho proyecto.
-----Que teniendo en consideración que el procedimiento laboral en la provincia de Río Negro posee una etapa eminentemente oral, las posibilidades de atender y resolver la mayor cantidad de reclamos laborales por año dependen de las audiencias de conciliación y vista de causa que puedan fijarse, lo que justifica la creación de un segundo Tribunal. Esa misma razón torna aconsejable dotar a cada organismo de una única secretaría, por ahora, manteniendo entonces la dotación de personal ya existente.
El diseño propuesto tiende a incrementar el número de jueces que permita duplicar el número de audiencias y por tanto de sentencias eventuales, si fuere menester. Esto último en razón de que, en función de los datos estadísticos analizados, el problema reside en la dilación con la que se están fijando las audiencias de vista de causa y no en la tramitación del proceso en la oficina judicial.
-----Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E :
-----1ero.- HACER SABER a la Legislatura que este Superior Tribunal de Justicia manifiesta su opinión netamente favorable respecto de la creación de una Segunda Cámara Laboral, con asiento de funciones en la localidad de San Carlos de Bariloche, con una (1) secretaría de cámara.
-----2do.- Registrar, tomar razón, notificar y oportunamente archivar.-
El Dr. VICTOR HUGO SODERO NIEVAS no firma la presente por encontrarse en Comisión de Servicio.

  1. 
TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
; 2. 
SAN CARLOS DE BARILOCHE (CIUDAD)
; 3. 
CAMARA DEL TRABAJO
I.
0 Ejemplar
U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo
Para contactarnos:
San Martín Nº 24 (8500) Viedma. Provincia de Río Negro
E-Mail: bibliostj@jusrionegro.gov.ar
TE/FAX: 02920- 441015 o 441000 int. 1355/56/57
Horario: lunes a viernes de 7.30 a 19 hs

Formulario para Solicitud de Material

Mansilla
Resolución Nº 754/2012-STJ - 23/11/2012 - Opinión favorable del Superior Tribunal de Justicia respecto de la creación de una segunda Cámara del Trabajo en San Carlos de Bariloche : Comunicación a la Legislatura de Río Negro [Resolución]. -- Viedma : Río Negro (Argentina). Superior Tribunal de Justicia, 2012

Expte Nº SS-12-0141 "LEG.PROVINCIAL S/REMITE PROYECTO LEY 524/12 MOD. ARTS.48 Y 49 LEY 2430".

-----VISTO: El expediente nro. SS-12-0141 caratulado: “LEG.PROVINCIAL S/REMITE PROYECTO LEY 524/12 MOD. ARTS.48 Y 49 LEY 2430”, y
C O N S I D E R A N D O :
-----Que viene en consulta a este Superior Tribunal de Justicia el proyecto remitido por la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General de la Legislatura de la Provincia de Río Negro sobre la creación de la Segunda Cámara Laboral con asiento en la ciudad de San Carlos de Bariloche.
----Que luego de analizar el mismo en el seno de este cuerpo este tribunal coincide plenamente con los fundamentos expuestos por su autores para su creación y por ello manifiesta su opinión favorable en relación a dicho proyecto.
-----Que teniendo en consideración que el procedimiento laboral en la provincia de Río Negro posee una etapa eminentemente oral, las posibilidades de atender y resolver la mayor cantidad de reclamos laborales por año dependen de las audiencias de conciliación y vista de causa que puedan fijarse, lo que justifica la creación de un segundo Tribunal. Esa misma razón torna aconsejable dotar a cada organismo de una única secretaría, por ahora, manteniendo entonces la dotación de personal ya existente.
El diseño propuesto tiende a incrementar el número de jueces que permita duplicar el número de audiencias y por tanto de sentencias eventuales, si fuere menester. Esto último en razón de que, en función de los datos estadísticos analizados, el problema reside en la dilación con la que se están fijando las audiencias de vista de causa y no en la tramitación del proceso en la oficina judicial.
-----Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E :
-----1ero.- HACER SABER a la Legislatura que este Superior Tribunal de Justicia manifiesta su opinión netamente favorable respecto de la creación de una Segunda Cámara Laboral, con asiento de funciones en la localidad de San Carlos de Bariloche, con una (1) secretaría de cámara.
-----2do.- Registrar, tomar razón, notificar y oportunamente archivar.-
El Dr. VICTOR HUGO SODERO NIEVAS no firma la presente por encontrarse en Comisión de Servicio.

1. TERCERA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL; 2. SAN CARLOS DE BARILOCHE (CIUDAD); 3. CAMARA DEL TRABAJO I. Barotto, Sergio
Solicitante: