Resolución Nº 798/2012-STJ - 05/12/2012 - Inspectoría de Justicia de Paz : Orden de subrogancias - Archivo General : Orden de subrogancias - Secretaría del Tribunal de Superintendencia Notarial : Orden de subrogancias
[Resolución]. --
,
2012. --
VISTO: El artículo 22 inc. g) de la Ley K 2430 Orgánica del Poder Judicial, y
CONSIDERANDO:
Que fue creada la Secretaría del Tribunal de Superintendencia Notarial asignando a la misma funciones que anteriormente correspondían al Inspector de Justicia de Paz y del Notariado.
Que dicho organismo funciona en el mismo edificio que la Inspectoría de Justicia de Paz y el Archivo General.
Que se hace necesario incorporarla al orden de subrogancias establecido por Resoluciones 558/06 STJ y 645/07 STJ.
Que por razones operativas y de orden práctico resulta conveniente reunir en un solo texto el orden de subrogancias correspondiente a tales organismos.
Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
1º) Establecer en caso de ausencia del titular de la Inspectoría de Justicia de Paz el siguiente orden de subrogancias:
a) Director del Archivo General;
b) Secretario del Tribunal de Superintendencia Notarial;
c) Secretario del Tribunal Electoral Provincial;
d) Secretario de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial;
e) Secretarios de la Cámara del Trabajo, por su orden;
f) Secretarios de la Cámara en lo Criminal, por su orden.
2º) Establecer en caso de ausencia del titular del Archivo General el siguiente orden de subrogancias:
a) Inspector de Justicia de Paz;
b) Secretario del Tribunal de Superintendencia Notarial;
c) Secretario del Tribunal Electoral Provincial;
d) Secretario de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial;
e) Secretarios de la Cámara del Trabajo, por su orden;
f) Secretarios de la Cámara en lo Criminal, por su orden.
3º) Establecer en caso de ausencia del titular de la Secretaría del Tribunal de Superintendencia Notarial el siguiente orden de subrogancias:
a) Director del Archivo General;
b) Inspector de Justicia de Paz;
c) Secretario del Tribunal Electoral Provincial;
d) Secretario de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial;
e) Secretarios de la Cámara del Trabajo, por su orden;
f) Secretarios de la Cámara en lo Criminal, por su orden.
4º) Regístrese, notifíquese y, oportunamente, archívese.
FIRMANTES:
SODERO NIEVAS - Presidente STJ - MANSILLA - Juez STJ - BAROTTO - Juez STJ.
LOZADA - Secretario Subrogante Superintendencia STJ.
1.
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; 3.
; 4.
; 5.
; 6.
I.
II.