Logo

Centro de Documentación Jurídica
Catálogo Bibliográfico

Centro de Documentación Jurídica
Catálogo Bibliográfico


  

Resolución Nº 797/2012-STJ - 05/12/2012 - Reglamento Judicial - Régimen de licencias : Modificación

[Resolución]. -- , . --

  VIEDMA, 05 de diciembre de 2012.

VISTO: El artículo 44 inc. j) de la Ley K 2430 Orgánica del Poder Judicial, y

CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones del artículo 69 punto 4º a) del Reglamento Judicial la Secretaría de Superintendencia, por delegación del Superior Tribunal de Justicia, es el órgano concedente de las licencias al Inspector de Justicia de Paz y al Director del Archivo General y su personal.
Que atento a la creación de la Secretaría del Tribunal de Superintendencia Notarial se hace necesario incluir dicho cargo al citado artículo.
Que, asimismo, deberá incorporarse a los titulares de la Inspectoría de Justicia de Paz, Archivo General y Secretaría del Tribunal de Superintendencia Notarial al artículo 69 punto 3º del Reglamento judicial como autoridades concedentes de las licencias al personal a su cargo, dejando sin efecto dicha facultad por parte de la Secretaría de Superintendencia y de los Tribunales de Superintendencia con respecto a las Delegaciones de Archivo.
Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
1º) REFORMULAR el artículo 69 puntos 2º, 3º y 4º del Reglamento Judicial los que quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 69:
2º) Los Tribunales de Superintendencia General en la Circunscripción, otorgarán las licencias contempladas en el presente reglamento, con las mismas excepciones del Punto 1): …d) A los Cuerpos Técnicos Auxiliares y su personal y al personal de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones.

3º) En relación a los organismos dependientes del Superior Tribunal de Justicia, los Secretarios Letrados del S.T.J., el Administrador General (incluyendo el personal de Informática Jurídica y Tesorería), el Contador General, el Auditor Judicial, el Inspector de Justicia de Paz, el Director del Archivo General y el Secretario del Tribunal de Superintendencia Notarial, concederán a todo el personal a su cargo las licencias contempladas en el presente reglamento, con las mismas excepciones del Punto 1).

4º) La Secretaria de Superintendencia concederá por delegación del S.T.J.:
a) al Inspector de Justicia de Paz, al Director del Archivo General y al Secretario del Tribunal de Superintendencia Notarial; al personal del Centro de Documentación Jurídica y de la Dirección de Medios de Comunicación.
b) ...-

4º) Regístrese, notifíquese y, oportunamente, archívese.

FIRMANTES:
SODERO NIEVAS - Presidente STJ - MANSILLA - Juez STJ - BAROTTO - Juez STJ.
LOZADA - Secretario Subrogante de Superintendencia STJ.

  1. 
REGLAMENTO JUDICIAL
; 2. 
LICENCIAS ADMINISTRATIVAS
I. II.
0 Ejemplar
U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo
Para contactarnos:
San Martín Nº 24 (8500) Viedma. Provincia de Río Negro
E-Mail: bibliostj@jusrionegro.gov.ar
TE/FAX: 02920- 441015 o 441000 int. 1355/56/57
Horario: lunes a viernes de 7.30 a 19 hs

Formulario para Solicitud de Material

Sodero Nievas
Resolución Nº 797/2012-STJ - 05/12/2012 - Reglamento Judicial - Régimen de licencias : Modificación [Resolución]. -- Viedma : Río Negro (Argentina). Superior Tribunal de Justicia, 2012

VIEDMA, 05 de diciembre de 2012.

VISTO: El artículo 44 inc. j) de la Ley K 2430 Orgánica del Poder Judicial, y

CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones del artículo 69 punto 4º a) del Reglamento Judicial la Secretaría de Superintendencia, por delegación del Superior Tribunal de Justicia, es el órgano concedente de las licencias al Inspector de Justicia de Paz y al Director del Archivo General y su personal.
Que atento a la creación de la Secretaría del Tribunal de Superintendencia Notarial se hace necesario incluir dicho cargo al citado artículo.
Que, asimismo, deberá incorporarse a los titulares de la Inspectoría de Justicia de Paz, Archivo General y Secretaría del Tribunal de Superintendencia Notarial al artículo 69 punto 3º del Reglamento judicial como autoridades concedentes de las licencias al personal a su cargo, dejando sin efecto dicha facultad por parte de la Secretaría de Superintendencia y de los Tribunales de Superintendencia con respecto a las Delegaciones de Archivo.
Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
RESUELVE:
1º) REFORMULAR el artículo 69 puntos 2º, 3º y 4º del Reglamento Judicial los que quedarán redactados de la siguiente manera:

Artículo 69:
2º) Los Tribunales de Superintendencia General en la Circunscripción, otorgarán las licencias contempladas en el presente reglamento, con las mismas excepciones del Punto 1): …d) A los Cuerpos Técnicos Auxiliares y su personal y al personal de la Oficina de Mandamientos y Notificaciones.

3º) En relación a los organismos dependientes del Superior Tribunal de Justicia, los Secretarios Letrados del S.T.J., el Administrador General (incluyendo el personal de Informática Jurídica y Tesorería), el Contador General, el Auditor Judicial, el Inspector de Justicia de Paz, el Director del Archivo General y el Secretario del Tribunal de Superintendencia Notarial, concederán a todo el personal a su cargo las licencias contempladas en el presente reglamento, con las mismas excepciones del Punto 1).

4º) La Secretaria de Superintendencia concederá por delegación del S.T.J.:
a) al Inspector de Justicia de Paz, al Director del Archivo General y al Secretario del Tribunal de Superintendencia Notarial; al personal del Centro de Documentación Jurídica y de la Dirección de Medios de Comunicación.
b) ...-

4º) Regístrese, notifíquese y, oportunamente, archívese.

FIRMANTES:
SODERO NIEVAS - Presidente STJ - MANSILLA - Juez STJ - BAROTTO - Juez STJ.
LOZADA - Secretario Subrogante de Superintendencia STJ.

1. REGLAMENTO JUDICIAL; 2. LICENCIAS ADMINISTRATIVAS I. Mansilla II. Barotto, Sergio
Solicitante: