Resolución Nº 038/1996-STJ - 19/02/1996 - Superior Tribunal de Justicia : Tribunal de Superintendencia Notarial - Notario : ECHEVARRIA, Raúl - Sumario administrativo : Iniciación - Instructor sumariante : Dr. SANCHEZ GAVIER, Enrique
[Resolución]. --
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1996. --
Norma de alcance particular.
RESOLUCIÓN Nº 38/1996
VIEDMA, 19 de febrero de 1996.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "FISCAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS S/DENUNCIA A ESC. RAÚL ECHEVARRÍA" (Expediente n° 108/95-STJ), y adjuntas fotocopias certificadas de los procesos penales caratulados: "Saluzzi, Erneso s/denuncia" (Expte. 256/119/94) y "Fiscalía de Investigaciones Administrativas s/denuncia" (Expte. 512-78-3-94), puestas a despacho para resolver; y
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Fiscal de Investigaciones Administrativas denuncia que el Escribano RAÚL ECHEVARRÍA, Registro n° 53, domiciliado en Mitre 727, 1º piso, Of. 3 de San Carlos de Bariloche, no cumplía con sus obligaciones como agente de retención del Impuesto de Sellos y del Impuesto Inmobiliario, ya que las sumas retenidas no eran depositadas en el Banco de la Provincia de Río Negro, aunque presentaba los respectivos comprobantes de pago con sellos falsificados.
Que el Sr. Fiscal acompaña con su denuncia, copia de declaraciones juradas, informes bancarios, notas de la Dirección de Rentas y de sellos auténticos utilizados por el mencionado banco oficial en los períodos en que se cometían las irregularidades denunciadas para su comparación con los sellos apócrifos.
Que existen, por otra parte, causas penales iniciadas por los mismos motivos, que tramitan ante el Juzgado de Instrucción n° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, a cargo del Dr. Juan Manuel García Berro, Secretaría n° 3: "Saluzzi, Enesto s/denuncia" (Expte. 256-119-94); "Fiscalía de Investigaciones Administrativas s/denuncia" (Expte.512-78-3-94), cuyas fotocopias certificadas se encuentran agregadas a estas actuaciones. Además, se iniciaron en el mismo Juzgado otras causas penales en las que se encuentra involucrado el Escribano Raúl Echevarría ("Funes, Pedro s/denuncia-De Miguel S.R.L. Expte.373/95"; "Funes, Pedro s/denuncia-Perner S.A. Expte. 375/95").
Que en su dictamen de fs.581/585 el Sr. Procurador General estima que el Escribano Raúl Echevarría se encuentra imputado en ilícitos penales gravísimos que no sólo comprometen su responsabilidad criminal y civil sino también la que deriva de su desempeño profesional como notario; aconseja la iniciación de investigación sumarial y la intervención directa del Superior Tribunal en función de Tribunal de Superintendencia Notarial, de acuerdo con lo previsto en el art. 38 "in fine" de la Ley 1340.
Que, por otra parte, el Escribano Echevarría informó al Colegio Notarial la sustracción de los folios correspondientes al año 1993 del Protocolo Principal de su Registro, en circunstancias en que eran trasladados desde Buenos Aires (donde se encuadernaron) hasta San Carlos de Bariloche sin haber cumplido con la previa noticia al Colegio Notarial por razones de seguridad (art. 130 de la Ley 1340), lo cual implica una grave violación a sus obligaciones como notario, que también debe ser motivo de una investigación.
Que el cúmulo de irregularidades que surgen de estas actuaciones, tornan ineludible la intervención directa del Superior Tribunal en función de Tribunal de Superintendencia Notarial, de conformidad con lo establecido en el art.38 "in fine" de la Ley 1340.
Por ello, en función de Tribunal de Superintendencia Notarial,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA Y EL SR. PROCURADOR GENERAL
RESUELVEN:
Primero: Abocarse directamentante, en los términos del art.38 "in fine" de la Ley 1.340, y disponer la iniciación de un sumario administrativo tendiente a la investigación de las supuestas irregularidades que surgen de los considerandos precedentes y en los que se encontraría involucrado el Escribano RAÚL ECHEVARRÍA, Registro n° 53, domiciliado en la calle Mitre 727, 1º piso, Of. 3 de San Carlos de Bariloche.
Segundo: Designar Instructor del sumario al Sr. Fiscal de Cámara n° 2 de San Carlos de Bariloche, Dr. Enrique SÁNCHEZ GAVIER, para que en nombre y representación del Tribunal de Superintendencia Notarial, investigue hasta su esclarecimiento todas las aludidas irregularidades, con facultades amplias para su cometido, quedando por ello autorizado para que requiera información y colaboración en el ámbito penal, notarial y administrativo fiscal.
Tercero: Regístrese, notifíquese al instructor designado y procédase a entregarle las presentes y adjuntas actuaciones que servirán de base para su investigación y, oportunamente, archívese.
FIRMANTES:
ECHARREN - Presidente STJ - BALLADINI - Juez STJ - LEIVA - Juez STJ - MANTARAS - Procurador General.
CABRERA - Inspector de Justicia.
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