Resolucion Nº 150/1961-STJ - 07/04/1961 - Superior Tribunal de Justicia; Procuración General; Secretarías del Superior Tribunal de Justicia; Juzgados Letrados de Primera Instancia; Ministerio Público Fiscal o Defensoría; Dirección de Administración; Archivo General Judicial; Juzgados de Paz : Designación de firmas autorizadas para firmar los pedidos de suministros o solicitudes de compra
[Resolución]. --
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1961. --
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
RESOLUCION N° 150/1961
VIEDMA, 7 de abril de 1961.-
VISTO: La Presentación formulada por nota del señor Director de Administración del Poder Judicial, don DAVID COLOMBO VALLE, solicitando la designación de firmas autorizadas en cada uno de los organismos y reparticiones que integran el Poder Judicial, y:
CONSIDERANDO:
I.- Que es facultad del Superior Tribunal tomar todas las resoluciones tendientes a facilitar el trámite administrativo y a asegurar el normal desenvolvimiento de todas las dependencias.
II.- Que es conveniente discernir en cada uno de los organismos y dependencias del Poder Judicial, quiénes son los funcionarios autorizados para realizar pedidos de suministros o compras, a los efectos de determinar un único criterio en este sentido para facilitar de esa manera la individualización de responsables y autorizados ante este Cuerpo.
III.- Que ello induce a disponer las medidas convenientes para satisfacer la necesidad mencionada.
Por ello,
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
R E S U E L V E:
1) Disponer que los siguientes Magistrados y Funcionarios, sean los autorizados, en cada uno de los organismos y dependencias que se indica, para firmar los pedidos de suministros o solicitudes de compras:
a) En el Superior Tribunal de Justcia, el Presidente del Cuerpo (o de quien legalmente ejerza estas funciones).
b) En la Procuración General, el Procurador General del Superior Tribunal de Justicia.
c) En las Secretarías del Superior Tribunal, los Secretarios, en los suministros de material para uso exclusivo de cada una de ellas.
d) En los Juzgados Letrados de Primera Instancia, todo pedido de suministros deberá ser autorizado por el Juez.
e) En el Ministerio Público Fiscal o Defensoría, por el funcionario a cargo de dichos organismos.
f) En la Dirección de Administarción, por el Director de Administración
g) En el Archivo General Judicial, por el Director del mismo.
h) En los Juzgados de Paz, por el Juez a cargo de los mismos o funcionario que legalmente lo reemplace.
2) Cúrsese la correspondiente comunicación a los organismos y dependencias afectados por esta resolución, envíese copia de ésta a la Dirección de Administración del Poder Judicial.
3) Regístrese, dese cumplimiento, y, oportunamente, archívese.
FIRMADO:
FACCHINETTI LUIGGI, Presidente STJ - MARTINEZ, Juez STJ
BERNI, Secretario STJ
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