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Resolución Nº 033/1961-STJ - 30/01/1961 - Archivo General del Poder Judicial - Funcionamiento a partir del 01/02/1961 - Reglamento sobre organización y funcionamiento : Confección - Equipamiento de muebles, útiles y papelería de oficina - Personal - Traspaso de expedientes archivados y paralizados en los Juzgados Federales existentes en la Provincia de Río Negro

[Resolución]. -- , . --

  SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
RESOLUCION N° 33/1961

VIEDMA, 30 de enero de 1961.-
VISTO: La presentación efectuada con fecha 26 del mes en curso, por el Señor Jefe del Archivo General del Poder Judicial de la Provincia, y,
CONSIDERANDO:
I) Que ha llegado la oportunidad para que el mencionado Organismo inicie su actividad específica.
II) Que se hace necesario que el local que precariamente ocupa, anexo a la Dirección de Administración, cuente con el equipamiento de muebles, útiles y papelería de oficina que permitan su normal funcionamiento.
III) Que asimismo, es de imprescindible necesidad,y de cumplimiento previo, la redacción del Reglamento para la organización y funcionamiento de la Oficina a fin de tener normas y directivas para actuar.
IV) Que en lo que concierne al personal que se solicita, tan pronto el Cuerpo efectúe mediante Acuerdo la distribución del mismo para sus dependencias, será tenida en cuenta la necesidad expuesta, para que, dentro de las posibilidades existentes, pueda ser satisfecha.
V) Que, asimismo, se considera conveniente el temperamento propuesto con relación a los contactos con los Juzgados Federales existentes en la Provincia, a objeto de acordar la forma del traspaso de los expedientes archivados y paralizados, o en estado de serlo, lo que se concertará tan pronto la dependencia cuente con los elementos de oficina necesarios .
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:

1) Autorizar el funcionamiento del Archivo General del Poder Judicial de la Provincia, a partir del 10 de febrero próximo, en el local provisorio anexo a la Dirección de Administración.

2) Disponer que, como tarea inicial, se confeccione el Reglamento pertinente sobre organización y funcionamiento de la expresada dependencia.

3) Comunicar a la Dirección de Administración, tomo de las providencias necesarias para el equipamiento en muebles, útiles de oficina, papelería, etc., de aquella, o, si no hubiera existencia, efectúe los trámites del caso para proveer dicho material.

4) Tener presente las necesidades que se exponen en los considerandos 4) y 5), que serán satisfechas una vez que se cumplan los trámites previos que allí se indican.

5) Regístrese, dése cumplimiento y, oportunamente archívese.-

FIRMADO:
FACCHINETTI LUIGGI.

  1. 
ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
; 2. 
DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL PROVINCIAL
; 3. 
REGLAMENTO JUDICIAL
; 4. 
REGLAMENTOS
0 Ejemplar
U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo
Para contactarnos:
San Martín Nº 24 (8500) Viedma. Provincia de Río Negro
E-Mail: bibliostj@jusrionegro.gov.ar
TE/FAX: 02920- 441015 o 441000 int. 1355/56/57
Horario: lunes a viernes de 7.30 a 19 hs

Formulario para Solicitud de Material

Facchinetti Luiggi
Resolución Nº 033/1961-STJ - 30/01/1961 - Archivo General del Poder Judicial - Funcionamiento a partir del 01/02/1961 - Reglamento sobre organización y funcionamiento : Confección - Equipamiento de muebles, útiles y papelería de oficina - Personal - Traspaso de expedientes archivados y paralizados en los Juzgados Federales existentes en la Provincia de Río Negro [Resolución]. -- Viedma : Río Negro (Argentina). Superior Tribunal de Justicia, 1961

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
RESOLUCION N° 33/1961

VIEDMA, 30 de enero de 1961.-
VISTO: La presentación efectuada con fecha 26 del mes en curso, por el Señor Jefe del Archivo General del Poder Judicial de la Provincia, y,
CONSIDERANDO:
I) Que ha llegado la oportunidad para que el mencionado Organismo inicie su actividad específica.
II) Que se hace necesario que el local que precariamente ocupa, anexo a la Dirección de Administración, cuente con el equipamiento de muebles, útiles y papelería de oficina que permitan su normal funcionamiento.
III) Que asimismo, es de imprescindible necesidad,y de cumplimiento previo, la redacción del Reglamento para la organización y funcionamiento de la Oficina a fin de tener normas y directivas para actuar.
IV) Que en lo que concierne al personal que se solicita, tan pronto el Cuerpo efectúe mediante Acuerdo la distribución del mismo para sus dependencias, será tenida en cuenta la necesidad expuesta, para que, dentro de las posibilidades existentes, pueda ser satisfecha.
V) Que, asimismo, se considera conveniente el temperamento propuesto con relación a los contactos con los Juzgados Federales existentes en la Provincia, a objeto de acordar la forma del traspaso de los expedientes archivados y paralizados, o en estado de serlo, lo que se concertará tan pronto la dependencia cuente con los elementos de oficina necesarios .
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
R E S U E L V E:

1) Autorizar el funcionamiento del Archivo General del Poder Judicial de la Provincia, a partir del 10 de febrero próximo, en el local provisorio anexo a la Dirección de Administración.

2) Disponer que, como tarea inicial, se confeccione el Reglamento pertinente sobre organización y funcionamiento de la expresada dependencia.

3) Comunicar a la Dirección de Administración, tomo de las providencias necesarias para el equipamiento en muebles, útiles de oficina, papelería, etc., de aquella, o, si no hubiera existencia, efectúe los trámites del caso para proveer dicho material.

4) Tener presente las necesidades que se exponen en los considerandos 4) y 5), que serán satisfechas una vez que se cumplan los trámites previos que allí se indican.

5) Regístrese, dése cumplimiento y, oportunamente archívese.-

FIRMADO:
FACCHINETTI LUIGGI.

1. ARCHIVO GENERAL DEL PODER JUDICIAL; 2. DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL PROVINCIAL; 3. REGLAMENTO JUDICIAL; 4. REGLAMENTOS
Solicitante: