Resolución Nº 530/2004-CG y AG - 23/04/2004 - Inicio de causa judicial - Instructivo para confección de formularios objeto del convenio celebrado con la Dirección General de Rentas y el Ministerio de Economía : Modificación
Aclaraciones del Formulario: cuando el único pago a efectuar sea el correspondiente a la reposición del Bono Ley 2897, se podrá aceptar el formulario del Bono impreso por los Colegios de Abogados, siempre que se haya confeccionado la Declaración Jurada de Apertura de Juicio (situaciones en las que sólo se paga el Bono Ley pero por estar incorporado al formulario, obliga la concurrencia al Banco).
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Peña
Resolución Nº 530/2004-CG y AG - 23/04/2004 - Inicio de causa judicial - Instructivo para confección de formularios objeto del convenio celebrado con la Dirección General de Rentas y el Ministerio de Economía : Modificación [Resolución]. -- Viedma : Río Negro (Argentina). Superior Tribunal de Justicia, 2004
Aclaraciones del Formulario: cuando el único pago a efectuar sea el correspondiente a la reposición del Bono Ley 2897, se podrá aceptar el formulario del Bono impreso por los Colegios de Abogados, siempre que se haya confeccionado la Declaración Jurada de Apertura de Juicio (situaciones en las que sólo se paga el Bono Ley pero por estar incorporado al formulario, obliga la concurrencia al Banco).
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