Resolución Nº 147/1961-STJ - 06/04/1961 - Ley Orgánica del Poder Judicial - Colegios de Abogados : Colaboración para reformas y perfeccionamiento de la Ley 39
[Resolución]. --
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1961. --
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
RESOLUCION N° 147/1961
VIEDMA, 6 de abril de 1961.-
VISTO: La constante inquietud que anima a este Superior Tribunal de Justicia de colaboración en la redacción y perfeccionamiento de las leyes de la Provincia y siendo de su muy especial interés, las que hacen a la organización y disciplina del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
I.- Que en atención a esa inquietud se ha dispuesto elevar a la Honorable Legislatura para el período de sesiones, un memorial conteniendo determinados agregados y enmiendas a la Ley Nº 39, Orgánica del Poder Judicial, a efectos de su consideración por dicho Cuerpo, que son el producto de la condensación de la experiencia y estudios de cada uno de los cuerpos que componen la justicia en general y de cada uno de sus magistrados y funcionarios en especial.
II.- Que conciente este Tribunal en que no pueden ser ajenas a estas inquietudes las Asociaciones de Profesionales vinculados en una forma directa a la Justicia y sus Procedimientos, máximo cuando las mismas han permanecido como los Colegios de Abogados coadyugantes en una estricta, eficaz y permanate colaboración, que puede ser sumamente valiosa por su origen y contenido en este caso para propiciar conjuntamente, previo el exámen exahustivo de la Ley, las reformas que es necesario o conveniente introducir a la misma.
Estimando que toda colaboración deberá elevarse a sus efectos antes del 20 de abril próximo para que pueda ser considerada.
Por ello
EL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
R E S U E L V E :
1°) Propiciar la colaboración de los Colegios de Abogados de la Provincia a efectos de que haga llegar a este Cuerpo sus inquietudes con respecto a las posibles reformas y perfeccionamiento de la Ley No 39, Orgánica del Poder Judicial de la Provincia.
2º) Cursar nota de estilo a los mismos Organismos invitándolo a esos efectos.
3º) Regístrese, dése cumplimiento y oportunamente, archívese.-
FIRMADO:
FACCHINETTI LUIGGI, Presidente STJ - MARTINEZ, Juez STJ
BERNI, Secretario STJ
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