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Resolución Nº 489/1965-STJ - 29/09/1965 - Traslado de las ciudades de Córdoba, Mendoza y Buenos Aires para cumplimentar la dispuesto en Resolución Nº 476/1965-STJ

[Resolución]. -- , . --

  SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESOLUCION Nº 489/1965
VIEDMA, 29 SET 1965
VISTO y CONSIDERANDO:
I.- Que por Resolución nº 476/65, el Cuerpo decidió abocarse al estudio inmediato de la legislación y doctrina vigente a los fines de propiciar la sanción de una Ley que reglamente el ejercicio de las acciones de amparo, mandamus e injuctio, e introducir en la Constitución Provincial las reformas aconsejables para el perfeccionamiento de la estructura funcional y jurídica del Poder Judicial.
II.- Que por la misma Resolución se autorizó a esta Presidencia para arbitrar todas las medidas tendientes a tal fin, recabando los antecedentes que se estimen necesarios y disponiendo su traslado a los centros jurídicos especializados que se juzgue conveniente.
Por ello;
EL PRESIDENTE DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
R E S U E L V E :
1º) Trasladarse a las ciudades de Córdoba, Mendoza y Buenos Aires a los fines del mejor cumplimiento de lo dispuesto por el Cuerpo en Resolución nº 476/65, referida a la necesidad y conveniencia de propiciar la reglamentación de la acción de amparo e introducir reformas en la Constitución Provincial, en cuanto hace a la Administración de Justicia.
2º) Regístrese, tómese razón, y, oportunamente, archívese.

FIRMANTE:
SUAREZ, Humberto Florencio.
0 Ejemplar
U. Info. Inventario S.T. / Ubicación Estado de Disponibilidad Tipo de Préstamo
Para contactarnos:
San Martín Nº 24 (8500) Viedma. Provincia de Río Negro
E-Mail: bibliostj@jusrionegro.gov.ar
TE/FAX: 02920- 441015 o 441000 int. 1355/56/57
Horario: lunes a viernes de 7.30 a 19 hs

Formulario para Solicitud de Material

Suarez
Resolución Nº 489/1965-STJ - 29/09/1965 - Traslado de las ciudades de Córdoba, Mendoza y Buenos Aires para cumplimentar la dispuesto en Resolución Nº 476/1965-STJ [Resolución]. -- Viedma : Río Negro (Argentina). Superior Tribunal de Justicia, 1965

SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE RIO NEGRO
RESOLUCION Nº 489/1965
VIEDMA, 29 SET 1965
VISTO y CONSIDERANDO:
I.- Que por Resolución nº 476/65, el Cuerpo decidió abocarse al estudio inmediato de la legislación y doctrina vigente a los fines de propiciar la sanción de una Ley que reglamente el ejercicio de las acciones de amparo, mandamus e injuctio, e introducir en la Constitución Provincial las reformas aconsejables para el perfeccionamiento de la estructura funcional y jurídica del Poder Judicial.
II.- Que por la misma Resolución se autorizó a esta Presidencia para arbitrar todas las medidas tendientes a tal fin, recabando los antecedentes que se estimen necesarios y disponiendo su traslado a los centros jurídicos especializados que se juzgue conveniente.
Por ello;
EL PRESIDENTE DEL SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA
R E S U E L V E :
1º) Trasladarse a las ciudades de Córdoba, Mendoza y Buenos Aires a los fines del mejor cumplimiento de lo dispuesto por el Cuerpo en Resolución nº 476/65, referida a la necesidad y conveniencia de propiciar la reglamentación de la acción de amparo e introducir reformas en la Constitución Provincial, en cuanto hace a la Administración de Justicia.
2º) Regístrese, tómese razón, y, oportunamente, archívese.

FIRMANTE:
SUAREZ, Humberto Florencio.
Solicitante: