Contenido: Régimen de Internaciones de Niñas, Niños y Adolescentes.Internaciones voluntarias. Internaciones involuntarias. Internaciones de personas menores de edad.Actuación defensor. Creación de la Unidad de Letrados de Personas Menores de Edad art. 22 . Ley 26.657. Situación anterior a la ley Nº 26.657.Ley Nº 26.657. Creación de la Unidad de Letrados de Personas Menores de Edad art. Ley 26.657 (Res. DGN Nº 1451/2011).Función inicial de recolección de datos.Aspectos cuantitativos de la recolección.Aspectos cualitativos relevantes para la puesta en funcionamiento de la Unidad de Letrados. Presentación del plan de actividades. Puesta en funcionamiento de la Unidad de letrados de Personas Menores de Edad Art. 22 Ley 26.657 para el ejercicio de la defensa.Inicio de actividades (Res. DGN Nº 516/2012).Estructura de la dependencia: nuevo diseño institucional. Ejercicio de la función: facultades otorgadas por la Res. DGN Nº 516/2012. Aspectos cuantitativos de la intervención: información estadística de los dos primeros años.Introducción: período observado. Información estadística.Información general de la población.Tipo de cobertura para los tratamientos de salud. Situación previa a la internación. Modalidad del tratamiento Actuación de la defensa pública. Cuestiones conexas. Cese de la actuación de la defensa pública. Aspectos cualitativos de la intervención. Contacto inmediato y permanente con el defendido. La primera visita.Abordaje interdisciplinario. Participación en los procesos de externación. Representantes legales y demás familiares y referentes afectivos. Equipo tratante. Otros organismos. Actuación extrajudicial.Garantía de acceso a la justicia de personas en especial situación de vulnerabilidad. Dinámica de actuación del equipo técnico interdisciplinario. Datos estadísticos. Aspectos cualitativos de la actuación del equipo técnico interdisciplinario. Supuestos específicos del ejercicio de la defensa. Niños y niñas de corta edad. Adicciones. Controles de legalidad (ley Nº 26.061). Disposiciones tutelares (ley Nº 22.278).La actuación de la Unidad de Letrados a la luz de los lineamientos de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657.Especialidad.Interdisciplina. Intersectorialidad.Proyección en la Jurisprudencia.Definición de internación. Jurisprudencia. Consentimiento otorgado y carácter involuntario de la internación. Jurisprudencia.Actuación del defensor en internaciones no convalidadas judicialmente. Jurisprudencia. No convalidación de la internación. Jurisprudencia. Derivaciones ordenadas judicialmente. Jurisprudencia. Medidas cautelares: reserva de vacante en hogar. Introducción. Jurisprudencia.Medidas cautelares: prohibición de acercamiento. Jurisprudencia. Reflexiones finales sobre la problemática de las internaciones de niñas, niños y adolescentes en la ciudad de Autónoma de Buenos Aires. Anexo. Resolución DGN N° 1451/2011 (14/11/2011). Resolución DGN N° 516/2012 (21/05/2012).Ley 26.657 (reglamentada mediante decreto 603/13).
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Acceso a la justicia de niños, niñas y adolescentes internados por salud mental o adicciones : testimonio 2012 - 2014 [Documento Electrónico]. -- Buenos Aires : Defensoría General de la Nación, 2015
DE05346
Contenido: Régimen de Internaciones de Niñas, Niños y Adolescentes.Internaciones voluntarias. Internaciones involuntarias. Internaciones de personas menores de edad.Actuación defensor. Creación de la Unidad de Letrados de Personas Menores de Edad art. 22 . Ley 26.657. Situación anterior a la ley Nº 26.657.Ley Nº 26.657. Creación de la Unidad de Letrados de Personas Menores de Edad art. Ley 26.657 (Res. DGN Nº 1451/2011).Función inicial de recolección de datos.Aspectos cuantitativos de la recolección.Aspectos cualitativos relevantes para la puesta en funcionamiento de la Unidad de Letrados. Presentación del plan de actividades. Puesta en funcionamiento de la Unidad de letrados de Personas Menores de Edad Art. 22 Ley 26.657 para el ejercicio de la defensa.Inicio de actividades (Res. DGN Nº 516/2012).Estructura de la dependencia: nuevo diseño institucional. Ejercicio de la función: facultades otorgadas por la Res. DGN Nº 516/2012. Aspectos cuantitativos de la intervención: información estadística de los dos primeros años.Introducción: período observado. Información estadística.Información general de la población.Tipo de cobertura para los tratamientos de salud. Situación previa a la internación. Modalidad del tratamiento Actuación de la defensa pública. Cuestiones conexas. Cese de la actuación de la defensa pública. Aspectos cualitativos de la intervención. Contacto inmediato y permanente con el defendido. La primera visita.Abordaje interdisciplinario. Participación en los procesos de externación. Representantes legales y demás familiares y referentes afectivos. Equipo tratante. Otros organismos. Actuación extrajudicial.Garantía de acceso a la justicia de personas en especial situación de vulnerabilidad. Dinámica de actuación del equipo técnico interdisciplinario. Datos estadísticos. Aspectos cualitativos de la actuación del equipo técnico interdisciplinario. Supuestos específicos del ejercicio de la defensa. Niños y niñas de corta edad. Adicciones. Controles de legalidad (ley Nº 26.061). Disposiciones tutelares (ley Nº 22.278).La actuación de la Unidad de Letrados a la luz de los lineamientos de la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657.Especialidad.Interdisciplina. Intersectorialidad.Proyección en la Jurisprudencia.Definición de internación. Jurisprudencia. Consentimiento otorgado y carácter involuntario de la internación. Jurisprudencia.Actuación del defensor en internaciones no convalidadas judicialmente. Jurisprudencia. No convalidación de la internación. Jurisprudencia. Derivaciones ordenadas judicialmente. Jurisprudencia. Medidas cautelares: reserva de vacante en hogar. Introducción. Jurisprudencia.Medidas cautelares: prohibición de acercamiento. Jurisprudencia. Reflexiones finales sobre la problemática de las internaciones de niñas, niños y adolescentes en la ciudad de Autónoma de Buenos Aires. Anexo. Resolución DGN N° 1451/2011 (14/11/2011). Resolución DGN N° 516/2012 (21/05/2012).Ley 26.657 (reglamentada mediante decreto 603/13).