Contenido:Tema antiguo; pero de interés nuevo en una sociedad nueva.Todo daño queda incluido en el deber de reparación. El daño moral es indemnizable en los dos ámbitos de la responsabilidad. ¿Por qué hemos sido parcos, vacilantes y pusilánimes en la aplicación del daño extrapatrimonial en lo contractual? Consagración legislativa del daño extrapatrimonial, con repercución en la hipótesis contractual. Tratamiento legal en relación con responsabilidad extracontractual. Ausencia de tratamiento literal. Fundamento inicial o remoto del daño moral en los derechos subjetivos extrapatrimoniales. Descartación del Doloris Pretium como manera de formular el concepto del daño moral. Necesidad de precisar los bienes extrapatrimoniales y correlación con la resarcibilidad del daño moral. El derecho general de la personalidad, como recurso técnico del bien protegido. El daño extrapatrimonial tien substantinidad independiente y su reparación es acumulable con la del daño patrimonial. Naturaleza de la reparación del daño extrapatrimonial. ¿No es posible reparar con dinero el daño moral? Incumplimiento culpable de un cargo por no lograrse autorizaciones administrativas. Revocación abusiva de un mandato judicial, bajo la acusación de extralimitación. Contrato de servicios profesionales con un arquitecto; ruptura injustificada. Empresario que no anuncia a una actriz en las carteleras con los caracteres de imprenta convenidos. Contrato de trabajo incumplido. Término por voluntad unilateral y sin practicarse liquidación, aduciéndose un delito supuesto. Terminación del contrato de trabajo, por hecho del empleador, sin aviso previo dado con la anticipación debida, o mientras estaba vigente el plazo estipulado. Incumplimiento del contrato de trabajo afectándose directamente algunos derechos de la personalidad. Incumplimiento de la obligación de seguridad en el transporte de personas. Incumplimiento consistente en la mala ejecución del mandato.
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Fueyo Laneri, Fernando
Sobre el daño extrapatrimonial en el cumplimiento del contrato
En: Revista Jurídica de Buenos Aires. -- Vol. 1965-III (Septiembre-Diciembre, 0). -- Buenos Aires : Universidad de Buenos Aires. Facultad de Derecho, 1965
Contenido:Tema antiguo; pero de interés nuevo en una sociedad nueva.Todo daño queda incluido en el deber de reparación. El daño moral es indemnizable en los dos ámbitos de la responsabilidad. ¿Por qué hemos sido parcos, vacilantes y pusilánimes en la aplicación del daño extrapatrimonial en lo contractual? Consagración legislativa del daño extrapatrimonial, con repercución en la hipótesis contractual. Tratamiento legal en relación con responsabilidad extracontractual. Ausencia de tratamiento literal. Fundamento inicial o remoto del daño moral en los derechos subjetivos extrapatrimoniales. Descartación del Doloris Pretium como manera de formular el concepto del daño moral. Necesidad de precisar los bienes extrapatrimoniales y correlación con la resarcibilidad del daño moral. El derecho general de la personalidad, como recurso técnico del bien protegido. El daño extrapatrimonial tien substantinidad independiente y su reparación es acumulable con la del daño patrimonial. Naturaleza de la reparación del daño extrapatrimonial. ¿No es posible reparar con dinero el daño moral? Incumplimiento culpable de un cargo por no lograrse autorizaciones administrativas. Revocación abusiva de un mandato judicial, bajo la acusación de extralimitación. Contrato de servicios profesionales con un arquitecto; ruptura injustificada. Empresario que no anuncia a una actriz en las carteleras con los caracteres de imprenta convenidos. Contrato de trabajo incumplido. Término por voluntad unilateral y sin practicarse liquidación, aduciéndose un delito supuesto. Terminación del contrato de trabajo, por hecho del empleador, sin aviso previo dado con la anticipación debida, o mientras estaba vigente el plazo estipulado. Incumplimiento del contrato de trabajo afectándose directamente algunos derechos de la personalidad. Incumplimiento de la obligación de seguridad en el transporte de personas. Incumplimiento consistente en la mala ejecución del mandato.