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Catálogo Bibliográfico

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00-003.2/KAN


  

Principios metafísicos del derecho

[Monografía]. -- 1a. ed. -- , . --

  Contenido:
Introducción a la metafísica de las costumbres. De la relacion de las facultades del alma con las leyes morales. Idea y necesidad de una metafísica de las costumbres. División de una metafísica de las costumbres. Nociones preliminares sobre la metafísica de las costumbres.
Introducción a la teoría del derecho. ¿Qué es el derecho como ciencia? ¿Qué es el derecho en sí? Principio universal de derecho. El derecho es inseparable de la facultad de obligar. El derecho puede también concebirse como la posibilidad de una obligacion mutua, universal, conforme con la libertad de todos según leyes. El derecho equívoco: La equidad. El derecho de la necesidad.
División de la ciencia del derecho. División general de los deberes de derecho. División general del derecho. No hay más que un sólo derecho natura o innato.
División de la metafísica de las costumbres en general. Todos los deberes son deberes de derecho o deberes de virtud. División según la relación objetiva de la ley al deber. División según la relación subjetiva de los que obligan y de los obligados. División de la moral como sistema de los deberes en general.
Primera parte: Derecho privado.
Capítulo primero: De la manera de tener como suya alguna cosa exterior.
I. Definición de la propiedad en general.
II. Postulado jurídico de la razón práctica.
III. El que afirma que una cosa es suya debe estar en posesión de ella.
IV. Exposición de la noción de lo Mío y de lo Tuyo exterior.
V. Definición de la noción de lo Mío y de lo Tuyo exterior.
VI. Deducción de la noción de la posesión puramente jurídica de un objeto exterior.
VII. Aplicación del principio de la posibilidad de lo Tuyo y de lo Mío a objetos de la experiencia.
VIII. No es posible tener como suya una cosa exterior más que en un estado jurídico, bajo un poder legislativo público, es decir, en el estado de sociedad.
IX. Puede, sin embargo, haber lugar a un Mío y Tuyo exterior, pero solamente provisional, en el estado de naturaleza.
Capítulo II: De la manera de adquirir alguna cosa exterior.
X. Principio general de la adquisión exterior. División de la adquisición de lo Mío y de lo Tuyo exterior.
Sección primera: Del derecho real.
XI. ¿Qué es el derecho real?
XII. La adquisición primera de una cosa no puede ser más que la del fundo.
XIII. Un fundo cualquiera es susceptible de una adquisición primitiva, y el principio de la posibilidad de esta adquisición es la comunidad original de todo fundo en general.
XIV. El acto jurídico de esta adquisición es la ocupación.
XV. No hay adquisición perentoria más que en el estado social: la adquisición en el estado de naturaleza no es más que provisional.
XVI. Exposición de la noción de una adquisición primitiva de la tierra.
XVII. Deducción de la noción de adquisición primitiva.
Sección segunda: Del derecho personal.
XVIII. ¿Qué es un derecho personal?
XIX. Lo que adquiero por contrato.
XX. Cosa exterior que adquiero por contrato.
XXI. Una cosa no se adquiere más que por la entrega.
Sección tercera: Derecho mixto o derecho real-personal.
XXII. ¿Qué es un derecho real-personal?
XXIII. La adquisición del derecho real-personal es triple en cuanto a su objeto.
Del derecho doméstico.
Título I: Derecho conyugal.
XXIV. ¿Qué es el derecho conyugal?
XXV. Sin casamiento no es posible la satisfacción jurídica de la inclinacion a la propagación.
XXVI. La relación de los cónyuges es una relacion de igualdad.
XXVII. El contrato de casamiento no es perfecto más que por la cohabitación.
Título II: Derecho de los padres.
XXVIII. ¿Qué es el derecho paternal?
XXIX. Relaciones de los padres y los hijos según el derecho paternal.
Título III: Derecho heril o del amo de la casa.
XXX. ¿Qué es el derecho heril?
Divísión dogmática de todos los derechos susceptibles de ser adquiridos por contrato.
XXXI. Prueba de que esta división es metafísica por la respuesta a las dos cuestiones siguientes: ¿Qué es el dinero?, ¿Qué es un libro? La falsificación de un libro está prohibida jurídicamente.
Sección accesoria: De la adquisición ideal de un objeto exterior de la voluntad.
XXXII. ¿Qué es la adquisición ideal?
XXXIII. La adquisición por usucapión.
XXXIV. La adquisición por sucesión o derecho de herencia.
XXXV. Derecho a una buena reputación después de la muerte.
Capítulo III: De la adquisición subjetivamente condicionada por la sentencia de una jurisdicción pública.
XXXVI. ¿Qué es la adquisición subjetivamente condicionada?
XXXVII. Del contrato de donación A.
XXXVIII. Del contrato de donación B.
XXXIX. De la revindicación de una cosa perdida.
XL. De la adquisición de la garantía por la prestación de juramento. Paso de lo Mío y de lo Tuyo en el estado de naturaleza a lo Mío y a lo Tuyo en el estado de sociedad en general.
XLI. El estado jurídico y el estado no jurídico.
XLII. Postulado del derecho público.
Segunda parte: Derecho público.
Sección primera: Derecho de ciudadanía.
XLIII. Derecho público.
XLIV. Estado de ilegitimidad.
XLV. El Estado.
XLVI. Poder legislativo.
XLVII. Contrato original.
XLVIII. Relación de los tres poderes en el Estado.
XLIX. Poder ejecutivo: Observaciones generales sobre los efectos jurídicos que resultan de la naturaleza de la asociación civil: a) Para el poder supremo como jefe del Estado; b) Para el mismo poder como propietario eminente del territorio; c) Para el mismo como dueño absoluto de los establecimientos piadosos; d) De la distribución de los empleos y dignidades; e) Del derecho de castigo y de indulto: 1) Del derecho de castigar; 2) Derecho de indultar.
De las relaciones jurídicas del ciudadano con el país y con el extranjero.
L. De la emigracion, de la inmigración, de la expatriación y del destierro.
LI. De la forma de la ciudad.
LII. Del modo de gobierno.
Sección segunda: Derecho de gentes.
LIII. Problema delderecho de gentes.
LIV. Elementos del derecho de gentes.
LV. Derecho del Estado, con relacion a sus propios súbditos, de hacer la guerra.
LVI. Derechos de un Estado, con relación a otro Estado, de hacer la guerra.
LVII. Del derecho durante la guerra.
LVIII. Del derecho después de la guerra.
LIX. Del derecho de la paz.
LX. Del derecho de un Estado respecto de un enemigo injusto.
LXI. De la paz perpetua.
Sección tercera: Derecho cosmopolítico.
LXII. Idea racional de una sociedad de paz entre todos los pueblos.

  1. 
FILOSOFIA DEL DERECHO
; 2. 
METAFISICA DE LAS COSTUMBRES
; 3. 
DERECHO NATURAL
; 4. 
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
; 5. 
FILOSOFIA
; 6. 
KANT, IMMANUEL


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Kant, Immanuel
Principios metafísicos del derecho [Monografía]. -- 1a. ed. -- Madrid : Librería de Victoriano Suárez, 1873

Contenido:
Introducción a la metafísica de las costumbres. De la relacion de las facultades del alma con las leyes morales. Idea y necesidad de una metafísica de las costumbres. División de una metafísica de las costumbres. Nociones preliminares sobre la metafísica de las costumbres.
Introducción a la teoría del derecho. ¿Qué es el derecho como ciencia? ¿Qué es el derecho en sí? Principio universal de derecho. El derecho es inseparable de la facultad de obligar. El derecho puede también concebirse como la posibilidad de una obligacion mutua, universal, conforme con la libertad de todos según leyes. El derecho equívoco: La equidad. El derecho de la necesidad.
División de la ciencia del derecho. División general de los deberes de derecho. División general del derecho. No hay más que un sólo derecho natura o innato.
División de la metafísica de las costumbres en general. Todos los deberes son deberes de derecho o deberes de virtud. División según la relación objetiva de la ley al deber. División según la relación subjetiva de los que obligan y de los obligados. División de la moral como sistema de los deberes en general.
Primera parte: Derecho privado.
Capítulo primero: De la manera de tener como suya alguna cosa exterior.
I. Definición de la propiedad en general.
II. Postulado jurídico de la razón práctica.
III. El que afirma que una cosa es suya debe estar en posesión de ella.
IV. Exposición de la noción de lo Mío y de lo Tuyo exterior.
V. Definición de la noción de lo Mío y de lo Tuyo exterior.
VI. Deducción de la noción de la posesión puramente jurídica de un objeto exterior.
VII. Aplicación del principio de la posibilidad de lo Tuyo y de lo Mío a objetos de la experiencia.
VIII. No es posible tener como suya una cosa exterior más que en un estado jurídico, bajo un poder legislativo público, es decir, en el estado de sociedad.
IX. Puede, sin embargo, haber lugar a un Mío y Tuyo exterior, pero solamente provisional, en el estado de naturaleza.
Capítulo II: De la manera de adquirir alguna cosa exterior.
X. Principio general de la adquisión exterior. División de la adquisición de lo Mío y de lo Tuyo exterior.
Sección primera: Del derecho real.
XI. ¿Qué es el derecho real?
XII. La adquisición primera de una cosa no puede ser más que la del fundo.
XIII. Un fundo cualquiera es susceptible de una adquisición primitiva, y el principio de la posibilidad de esta adquisición es la comunidad original de todo fundo en general.
XIV. El acto jurídico de esta adquisición es la ocupación.
XV. No hay adquisición perentoria más que en el estado social: la adquisición en el estado de naturaleza no es más que provisional.
XVI. Exposición de la noción de una adquisición primitiva de la tierra.
XVII. Deducción de la noción de adquisición primitiva.
Sección segunda: Del derecho personal.
XVIII. ¿Qué es un derecho personal?
XIX. Lo que adquiero por contrato.
XX. Cosa exterior que adquiero por contrato.
XXI. Una cosa no se adquiere más que por la entrega.
Sección tercera: Derecho mixto o derecho real-personal.
XXII. ¿Qué es un derecho real-personal?
XXIII. La adquisición del derecho real-personal es triple en cuanto a su objeto.
Del derecho doméstico.
Título I: Derecho conyugal.
XXIV. ¿Qué es el derecho conyugal?
XXV. Sin casamiento no es posible la satisfacción jurídica de la inclinacion a la propagación.
XXVI. La relación de los cónyuges es una relacion de igualdad.
XXVII. El contrato de casamiento no es perfecto más que por la cohabitación.
Título II: Derecho de los padres.
XXVIII. ¿Qué es el derecho paternal?
XXIX. Relaciones de los padres y los hijos según el derecho paternal.
Título III: Derecho heril o del amo de la casa.
XXX. ¿Qué es el derecho heril?
Divísión dogmática de todos los derechos susceptibles de ser adquiridos por contrato.
XXXI. Prueba de que esta división es metafísica por la respuesta a las dos cuestiones siguientes: ¿Qué es el dinero?, ¿Qué es un libro? La falsificación de un libro está prohibida jurídicamente.
Sección accesoria: De la adquisición ideal de un objeto exterior de la voluntad.
XXXII. ¿Qué es la adquisición ideal?
XXXIII. La adquisición por usucapión.
XXXIV. La adquisición por sucesión o derecho de herencia.
XXXV. Derecho a una buena reputación después de la muerte.
Capítulo III: De la adquisición subjetivamente condicionada por la sentencia de una jurisdicción pública.
XXXVI. ¿Qué es la adquisición subjetivamente condicionada?
XXXVII. Del contrato de donación A.
XXXVIII. Del contrato de donación B.
XXXIX. De la revindicación de una cosa perdida.
XL. De la adquisición de la garantía por la prestación de juramento. Paso de lo Mío y de lo Tuyo en el estado de naturaleza a lo Mío y a lo Tuyo en el estado de sociedad en general.
XLI. El estado jurídico y el estado no jurídico.
XLII. Postulado del derecho público.
Segunda parte: Derecho público.
Sección primera: Derecho de ciudadanía.
XLIII. Derecho público.
XLIV. Estado de ilegitimidad.
XLV. El Estado.
XLVI. Poder legislativo.
XLVII. Contrato original.
XLVIII. Relación de los tres poderes en el Estado.
XLIX. Poder ejecutivo: Observaciones generales sobre los efectos jurídicos que resultan de la naturaleza de la asociación civil: a) Para el poder supremo como jefe del Estado; b) Para el mismo poder como propietario eminente del territorio; c) Para el mismo como dueño absoluto de los establecimientos piadosos; d) De la distribución de los empleos y dignidades; e) Del derecho de castigo y de indulto: 1) Del derecho de castigar; 2) Derecho de indultar.
De las relaciones jurídicas del ciudadano con el país y con el extranjero.
L. De la emigracion, de la inmigración, de la expatriación y del destierro.
LI. De la forma de la ciudad.
LII. Del modo de gobierno.
Sección segunda: Derecho de gentes.
LIII. Problema delderecho de gentes.
LIV. Elementos del derecho de gentes.
LV. Derecho del Estado, con relacion a sus propios súbditos, de hacer la guerra.
LVI. Derechos de un Estado, con relación a otro Estado, de hacer la guerra.
LVII. Del derecho durante la guerra.
LVIII. Del derecho después de la guerra.
LIX. Del derecho de la paz.
LX. Del derecho de un Estado respecto de un enemigo injusto.
LXI. De la paz perpetua.
Sección tercera: Derecho cosmopolítico.
LXII. Idea racional de una sociedad de paz entre todos los pueblos.

1. FILOSOFIA DEL DERECHO; 2. METAFISICA DE LAS COSTUMBRES; 3. DERECHO NATURAL; 4. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO; 5. FILOSOFIA; 6. KANT, IMMANUEL

(1) Inv.: 08749 S.T.: 00-003.2/KAN
Solicitante: